Preguntas frecuentes

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¿Cuál es la diferencia entre un Seguro Funerario y un Seguro de vida?

Si bien los dos seguros se activan tras el fallecimiento, cubren diferentes aspectos, mientras el Seguro Funerario solventa el 100% de los servicios funerarios hasta su destino final, por su parte el Seguro de vida se encarga de brindar una indemnización económica con el objetivo de proteger a los familiares. 

¿Cómo es el trámite para reembolsos de gastos exequiales?

Sí no hiciste uso del servicio exequial a través de la aseguradora y cuentas con las facturas del gasto exequial originales, pueden solicitar el reembolso o indemnización. A continuación, relacionamos los documentos a tener en cuenta: 
•    Registro de Defunción.
•    Fotocopia del documento de identificación del fallecido y reclamante.
•    Historia clínica si la muerte fue natural.
•    Declaración extrajuicio que ratifique que el fallecido habitada el predio (lugar, tiempo). 
•    Documento que pruebe la calidad de propietario, arrendatario o poseedor.
•    Acta de levantamiento del cadáver o necropsia si la muerte fue accidental o violenta.
•    Facturas correspondientes al gasto exequial que realizaron. 
•    Ultima factura de gas debidamente pagada. 
•    Cualquier otro documento que la aseguradora requiera.

¿Cuándo se pierde el derecho a solicitar reembolsos de gastos exequiales?

Además de lo establecido en el Artículo 1150 del Código de Comercio, se perderá el derecho a la indemnización en caso de que la reclamación o los documentos presentados para sustentarla fuesen en alguna forma fraudulentos o, si en apoyo de ella se utilizaren medios o documentos engañosos o dolosos. Recuerda que, no aplica el reembolso si utilizaste otro  plan funerario de una entidad diferente, solo se reembolsara si el gasto fue realizado por una persona natural. 

¿Qué debo hacer para solicitar la Indemnización por Enfermedad Grave y Microseguro PAP?

Aplica únicamente para Familia protegida y  Microseguro Brilla pap (Futuro protegido Modulo A). A continuación, relacionamos los documentos a tener en cuenta para indemnización por EG:
•    Registro de Defunción.
•    Fotocopia del documento de identificación del afectado. 
•    Historia clínica completa, para valorar la Enfermedad y pérdida de capacidad.
•    Declaración extrajuicio que ratifique que el afectado habita el predio (lugar, tiempo). 
•    Documento que pruebe la calidad de propietario, arrendatario o poseedor.
•    Facturas correspondientes al gasto exequial que realizaron. 
•    Ultima factura de gas debidamente pagada. 
•    Cualquier otro documento que la aseguradora requiera.