Preguntas frecuentes

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¿Qué diferencia existe entre el Seguro Funerario básico y el Seguro Funerario tradicional?

Las diferencias entre los planes funerarios ofrecidos, radica en sus valor de primas, y  valor asegurado. En el caso de seguro funerario tradicional se habilitan los parques cementerios privados.  El seguro funerario básico se habilitan cementarios municipales.

¿Qué significa que el Seguro Funerario tenga la característica de innominado?

Es decir, que no está a nombre de una persona específica, sino que está a nombre del inmueble con el contrato inscrito en GASES DE OCCIDENTE.  El carácter innominado del seguro permite que todas las personas que habiten bajo un inmueble/predio en un periodo superior a un mes sean aseguradas., hasta máximo 5 eventos por vigencia de la póliza. Vigencia anual.

¿Cómo puedo saber cuál es la aseguradora que respalda mi Seguro o asistencia?

Actualmente, trabaja de la mano con tres aseguradoras; Liberty, Alfa y Suramericana y para asistencias de Señor Casas y Proexequial. Sí deseas conocer la aseguradora y/o aliado comercial que actualmente respalda tu producto puedes hacerlo consultarlo a través de nuestras líneas de atención al usuario 6024187333 - 018000528888  o en nuestra sección de seguros haciendo click aquí

¿Qué documentos necesito para reclamar una indemnización por muerte?

En caso de muerte del asegurado principal. Aplica para Seguro de Vida, Microseguro Brilla pap (Futuro protegido Modulo B) y los seguros doble cupón; Protector, Protección a su medida y mi familia protegida. A continuación, relacionamos los documentos a tener en cuenta para indemnización por muerte:
•    Registro de Defunción.
•    Fotocopia del documento de identificación del fallecido y reclamante.
•    Historia clínica.
•    Declaración extrajuicio que ratifique que el fallecido habitada el predio (lugar, tiempo). 
•    Documento que pruebe la calidad de propietario, arrendatario o poseedor.
•    Acta de levantamiento del cadáver o necropsia si la muerte fue accidental o violenta.
•    Facturas correspondientes al gasto exequial que realizaron. 
•    Última factura de gas debidamente pagada. 

Los beneficiarios de ley además deben presentar
•    Fotocopia del documento de identificación de los beneficiarios
•    Si el beneficiario es un cónyugue (esposos): Copia del registro civil de matrimonio o declaración de convivencia.
•    Si el beneficiario es hijo: Registro civil de nacimiento de los hijos. 
•    Cualquier otro documento que la aseguradora requiera.

*Tener en cuenta que los microseguros doble cupón tienen 3 asegurados.